CARNET DE ARTESANO / NA

Sólo tienen la consideración de artesanía aquellas actividades incluidas dentro del Repertorio de familias de oficios artesanos que conllevan la formación, la creación, la producción y la transformación de objetos.

El resultado debe ser un producto artesano local, individualizado y realizado con materia prima natural o materia industrial reciclada que combine la técnica, la tradición y / o la innovación, y que en ningún caso sea susceptible de una producción industrial, totalmente mecanizada o en grandes series, para su comercialización.

Los formularios de solicitud permiten realizar en un documento único la presentación simultánea de las solicitudes de carné de artesano / a, de distintivo de producto DE Artesanía (DE A) y de distintivo para los establecimientos de venta de artesanía catalana. Para garantizar que está utilizando la última versión en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que los necesite utilizar os los descargue. Si reutilice los documentos para otras ocasiones se puede dar el caso que presente una versión obsoleta. Su presentación manuscrita no se aceptará como válida.

A QUIÉN VA DIRIGIDO?

Carnet de artesano / a. Departamento de Empresa y Conocimiento

A las personas físicas que desarrollen actividades relativas al conocimiento de oficios del Repertorio de familias de oficios artesanos, en función de la clasificación siguiente:

Carnet de artesano / a profesional: puede optar a esta modalidad de carné la persona que se dedique profesionalmente, siempre que ella o la empresa donde realiza la actividad estén inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores del agencia Tributaria en la actividad de fabricación y / o comercialización de la / del oficio / s que ejerza, así como estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que acrediten un mínimo de dos años de experiencia profesional en el caso de no disponer de alguna de las titulaciones indicadas en el orden de desarrollo. También se pueden acoger las personas que ejercen su actividad profesional mediante la docencia continuada en las enseñanzas de oficios artísticos.
Carnet de artesano / a divulgativo / a: puede optar a esta modalidad toda persona que no ejerce profesionalmente ninguna actividad productiva y comercial de oficios artesanos pero que difunde la actividad artesanal mediante demostraciones y de tareas formativas o divulgativas y / o que haya finalizado alguno de los estudios incluidos en el orden de desarrollo.
Para más información adjuntamos enlace

http://empresa.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes

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