Te informamos que, en los últimos meses, PIMEComerç, el Clúster Logístico de Cataluña, el Ayuntamiento de Barcelona y otras administraciones hemos llegado a un acuerdo para ampliar la moratoria del régimen sancionador que se estableció en la restricción de circulación de vehículos profesionales de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona.
Gracias a las negociaciones llevadas a cabo, el próximo 15 de septiembre de 2020 no entrará en vigor el régimen sancionador para vehículos profesionales.
En este sentido, te comunicamos qué vehículos podrán circular y hasta qué fecha, según lo previsto y acordado:
.
1- Vehículos de categoría N1 (furgonetas, camionetas, pick-ups, etc.) con un peso vehicular de hasta 3.500 kg – Podrán circular sin régimen sancionador hasta el 1 de abril de 2021
2- Vehículos de categoría M1 (turismos) y L (ciclomotores y motocicletas), siempre que su titular sea una persona física y acredite unos ingresos económicos anuales por todos los conceptos inferiores al doble del indicador de renta de efectos múltiples ( 2xIPREM) vigente y que el vehículo constituya un instrumento necesario para el ejercicio de su actividad profesional. – Podrán circular sin régimen sancionador hasta el 1 de abril de 2.021.
3- Vehículos de categoría N2 (furgones y camiones con un peso vehicular de entre 3.501 kg. Y 12.000 kg.), N3 (camiones pesados con un peso vehicular de más 12.000 kg.) Y M2 (minibuses) – Podrán circular sin régimen sancionador hasta el 1 de julio de 2021.
4 Vehículos de categoría M3 (autobuses y autocares) – Podrán circular sin régimen sancionador hasta el 1 de enero 2022.
Para más información puedes entrar a la web https://www.zbe.barcelona/index.html